Correo Nacionalizado

Nuestra Compañía es la primera con Licencia de Correos del Ministerio de Comunicaciones y aprobada por la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas de Colombia)

Tarifas

Cali / Barranquilla / Bogota
$4.400 pesos por libra
Cargo Minimo - $39.600 pesos
Mas impuestos
Seguro Opcional
Otras Ciudades
$4.950 pesos por libra
Cargo Minimo - $39.600 pesos
Mas impuestos
5% del Valor Asegurado

Nota: Nuestra tarifa incluye: recojida, reepaque (si lo requiere) y un seguro de hasta por $100.

 

Los impuestos (10% de gravamen o arancel y 16% de IVA) se paga de acuerdo al valor total de la factura de compra, y es un valor compuesto (valor CIF). A continuación le mostramos un ejemplo para el cálculo de los impuestos:

Ej. Si tenemos un paquete que pesa 10 libras, cuyo valor es $100.00, el valor del seguro es de $1.00 y el transporte (Freight) $0.50 por libra, el valor total se calcula de la siguiente manera:

  • C = Valor de la mercancía a transportar (Cost).
  • I = Valor del seguro (Insurance).
  • F = Valor del flete o transporte (Freight).
  • CIF = [(C + I + F) + 10%] + 16%
  • CIF = [(100.00 + 1.00 + 5) + 10.60] + 17.60 (Esto es lo que comúnmente se conoce como valor CIF de una mercancía.)

Los impuestos a pagar son:

* Gravamen o arancel: $10.60

* I.V.A.: $17.60

NOTAS IMPORTANTES PARA EL DESPACHO:

  • Recuerde que para el despacho de la carga es mandatario la Factura Comercial.  Si no se ha recibido algún mensaje al momento del ingreso de la carga en nuestras bodegas, la carga será despachada con la factura recibida en la caja.  Si la carga llega sin factura, esta se retiene en espera de la misma; debe de tener en cuenta que esto ultimo retrasaría el curso normal del despacho.

  • El pago del impuesto es por el Valor Total de la factura; si la factura tiene fletes internos y pago de impuestos en el País de origen, estos deben de ser incluidos para el pago correcto de impuestos en Colombia.

  • La información de la factura debe de coincidir con la información de despacho.

  • Si el despacho requiere de una diferente Posición Arancelaria a la del Correo la cual corresponde al pago de Impuestos del 10% de gravamen o arancel y 16% de IVA, es Responsabilidad del Cliente enviar un mensaje con por lo menos 24 horas habiles previo a que se reciba la carga en nuestras Bodegas con la información correspondiente a su despacho. Se necesita La factura con la Posición Arancelaria  y debe de confirmar los porcentajes correspondientes a la misma. Si la instrucción se recibe después de que la carga ha sido empacada, no hay forma alguna de poder cambiar esta información ante la DIAN y debera pagar el porcentaje correspondiente a la del Correo que es del 10% de gravamen o arancel y 16% de IVA.

  • Recuerde que se necesita una factura por cada caja. Teniendo esta información en cuenta; Podrá dar las instrucciones correctas a sus proveedores y así evitar errores en los despachos.

 

 

Restricciones para envío de Correo Nacionalizado

Atendiendo lo previsto en el artículo 19 de la Ley 19 de 1978 las regulaciones para importaciones son las siguientes:
  • El paquete no debe de pesar más de 110 libras
  • Las medidas de las cajas no deben exceder, en suma, las 60 pulgadas
  • El contenido de éste envío debe de ser artículos para el hogar, personales, muestras y todo aquello que no tenga regulaciones y su valor no exceda los $2,000.00
  • Si el contenido es muestras, no debe haber más de 6 unidades de la misma referencia.
  • Opio, morfina, cocaína, estupefacientes sicotrópicos controlados, o no, por el Ministerio de Salud.
  • Los Medicamentos, por estar sujetos a Registro Sanitario y/o visto bueno previo de Invima.
  • Alimentos, plantas, animales vivos o muertos, sustancias o mezclas homeopáticas.
  • Armas, municiones, accesorios de guerra, prendas de uso privativo de las fuerzas militares, material explosivo, sustancias inflamables, tóxicas, corrosivos o material peligroso.
  • Precursores químicos en la elaboración de estupefacientes, material radiactivo.
  • Objetos obscenos o inmorales, juguetes bélicos.
  • Monedas, Billetes de Banco, papel moneda o cualesquiera otros valores a portador, platino, oro o plata, manufacturados o no. Prenderías, alhajas y joyas.
  • Cada paquete tiene un seguro incluido de $100.00 por perdida total. Si desea, puede aumentar el seguro hasta un máximo de $2,000.00; el cargo adicional será del 5% del valor.
  • Todo paquete debe de ser revisado por el agente, pues es obligatorio ver su contenido.